El Consorcio Europeo para la investigación y la educación en salud marítima/Estatutos
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Estatutos[editar]
§ 1 El nombre es "El Consorcio para la Investigación y Educación en Salud Marítima" § 2
- El Consorcio está firmado por el Coordinador o dos de sus miembros designados.
- Los miembros del Consorcio no son personalmente responsables de las obligaciones que incumben al Consorcio
§ 3 La Asamblea General
- Es la máxima autoridad del Consorcio
- Se celebra una vez al año en diciembre o enero.
- Se convoca por escrito o electrónicamente (por correo) con al menos 3 semanas de anticipación, indicando el orden del día y con información de las propuestas recibidas en tiempo y forma. Además, se facilita información en la web del Consorcio
- Las propuestas que deban ser incluidas en la agenda deberán ser recibidas por el Coordinador antes del 1 de diciembre
§ 4 El orden del día La Asamblea General
- Elección de Coordinador, Vice Coordinador, Tesorero y Secretario.
- El Informe del Coordinador.
- Discusión
- Posiblemente
§ 5 El ejercicio económico es el año natural
- Las cuotas deberán abonarse antes de la celebración de la junta general, si se desea votar y ejercer el derecho de voto.
§ 6
- La Junta Directiva celebra al menos 2 reuniones durante el año.
- El Consorcio celebra al menos una reunión científica al año
§ 7 Modificación de los Estatutos
- Estos solo pueden tener lugar en la asamblea general anual y solo si 2/3 de los miembros votantes presentes votan a favor.
§ 8 Terminación de la Sociedad
- Esto se puede hacer en una junta general si 2/3 de los miembros deciden asistir por escrito o por poder. Si el Consorcio tiene bienes, se decide acumularlos a un destino que esté de acuerdo con la cláusula de objeto social
- Estos estatutos fueron adoptados en la asamblea general....